En Blue Cross and Blue Shield of New Mexico (BCBSNM), queremos asegurarnos de que nuestros asegurados reciban la atención médica que necesitan. También queremos garantizar que los derechos de nuestros asegurados sean respetados. La política de BCBSNM es asegurarse de que usted sepa que tiene los siguientes derechos y responsabilidades.
Derechos de los Asegurados
Como asegurado de BCBSNM, tiene los siguientes derechos:
- Recibir atención médica cuando sea médicamente necesaria según lo determine un profesional médico o BCBSNM; disponibilidad las 24 horas del día, los 7 días de la semana para servicios de atención médica de urgencia o de emergencia y para otros servicios de atención médica como los define el Manual para asegurados.
- Recibir atención médica sin discriminación.
- Ser tratado con respeto, reconociendo su dignidad y derecho a la privacidad.
- Elegir un médico de cabecera o un profesional médico de la red de BCBSNM y tener la opción de negarse a recibir la atención médica de determinados profesionales de la salud (puede que se requiera una autorización previa para consultar a algunos profesionales).
- Recibir una copia de la política de derechos y responsabilidades de los asegurados de BCBSNM y hacer recomendaciones al respecto.
- Recibir información sobre los derechos y responsabilidades de los asegurados de BCBSNM, así como sus políticas y procedimientos con respecto a productos, servicios, profesionales médicos, procedimientos de apelación y otra información sobre la compañía y obtener información sobre cómo acceder a los servicios con cobertura y a los profesionales médicos que forman parte de nuestra red.
- Recibir una copia impresa del Aviso de Privacidad oficial de la Autoridad de Atención Médica (HCA, en inglés) de Nuevo México, si lo solicita.
- Estar seguro de que su Organización de Atención Médica Administrada (MCO, en inglés) cumple con las leyes estatales y federales vigentes, incluidas la Ley de Derechos Civiles de 1964, la Ley de Discriminación por Edad de 1975, la Ley de Rehabilitación de 1973, las Reformas Educativas de 1972, la Ley sobre Estadounidenses con Discapacidades de 1990 (ADA, en inglés) y el artículo 1557 de la Ley de Protección del Paciente y Cuidado de Salud a Bajo Precio.
- Recibir el nombre y los antecedentes profesionales de cualquier persona involucrada en su tratamiento y el nombre del responsable principal de su atención médica.
- Elegir a un representante que participe y colabore en la toma de decisiones sobre la atención médica, según corresponda; puede hacerlo usted o su tutor legal.
- Contar con la presencia de un intérprete, si no habla o no entiende el idioma que se habla.
- Participar con nuestro profesional de la salud en todas las decisiones acerca de su atención médica, lo que incluye entender su estado físico y/o mental, participar en su plan de tratamiento, decidir cuáles son los tratamientos aceptables y conocer su derecho a negarse a recibir tratamiento médico o medicamentos después de que se le hayan explicado las posibles consecuencias en un idioma que usted entienda. Los miembros de la familia, tutores legales, representantes o encargados de tomar decisiones también tienen este derecho, según corresponda.
- Hablar con su profesional de la salud acerca de las opciones de tratamiento, riesgos, alternativas y posibles resultados con respecto a sus enfermedades, sin importar el costo o la cobertura de beneficios, y solicitar que esta información quede documentada en su expediente médico. Si no entiende la información, se le explicará a su familia, tutor, representante o persona encargada de tomar decisiones.
- Otorgar el consentimiento informado para los servicios médicos relacionados con la salud física o mental.
- Decidir sobre las instrucciones por anticipado respecto a los servicios de atención médica para el cuidado de su salud física y/o mental. Tanto usted como su tutor legal pueden tomar estas decisiones, según lo permita la ley.
- Acceder a sus expedientes médicos de acuerdo con las leyes federales y estatales pertinentes, lo que significa que tiene derecho a recibir comunicaciones sobre sus expedientes privados, solicitar un cambio o una adición si considera que están incompletos o incorrectos, y solicitar la divulgación restringida de sus expedientes médicos; además, tiene derecho a ser notificado si se produce una divulgación accidental. Si el asegurado tiene un tutor legal, este último tiene derecho a acceder a los expedientes médicos del asegurado.
- Solicitar una segunda opinión de otro profesional médico de BCBSNM. Pueden hacerlo tanto usted como su tutor legal.
- Presentar una inconformidad o apelación referente a BCBSNM o a la atención médica que recibió y recibir una respuesta dentro de un plazo razonable. Las quejas pueden ser presentadas ante BCSNM o HCA sin temor a represalias. También puede solicitar una audiencia imparcial con la HCA para los puntos que han sido apelados.
- Recibir una notificación inmediata de terminación o cambios en los beneficios, servicios o red de profesionales de la salud.
- No ser objeto de hostigamiento por parte de BCBSNM o de los profesionales médicos de la red en lo que respecta a disputas contractuales entre BCBSNM y los profesionales.
- Elegir una cobertura médica y ejercer los derechos de solicitud de cambio de cobertura sin amenazas ni hostigamientos.
- No ser sometido a ninguna forma de restricción o reclusión como medio de coerción, disciplina, conveniencia o represalia, según lo especificado en los reglamentos federales o de Nuevo México sobre el uso de restricciones y reclusiones.
- Ejercer los derechos sin preocuparse por que la atención se vea afectada de forma negativa.
- Recibir información sobre opciones y alternativas de tratamiento disponibles de manera clara.
Responsabilidades del asegurado y del representante del asegurado
Como asegurado de BCBSNM, tiene las siguientes responsabilidades:
- Proporcionar información de salud completa para ayudar al profesional médico a brindarle la atención que usted necesita.
- Seguir las instrucciones del tratamiento en cuanto a medicamentos, dieta y ejercicio, según lo acordado entre usted y su médico.
- Hacer todo lo posible para entender sus condiciones físicas, cuidados de salud a largo plazo o estado de salud mental y desarrollar metas de tratamiento junto con su médico.
- Programar citas con anticipación para acudir a las consultas con el médico.
- Asistir a su cita o llamar a su médico para reprogramar o cancelar por lo menos 24 horas antes de su cita.
- Informar al médico en caso de que no entienda las explicaciones sobre su atención médica.
- Tratar a su médico y a otros empleados del sector de la atención médica con respeto y cortesía.
- Mostrar su tarjeta de asegurado a cada profesional de la salud antes de recibir servicios médicos (o se le puede facturar el servicio).
- Saber el nombre de su médico de cabecera y disponer que sea él quien le brinde atención médica o se la procure.
- Llamar a su médico de cabecera o a Nurseline (enfermería telefónica 24/7) antes de acudir a la sala de emergencias, excepto en situaciones que usted considere que ponen en peligro su vida o que podrían perjudicar su salud de manera permanente, o si tiene pensamientos sobre hacerse daño a usted mismo o a otras personas.
- Brindar información a HCA de Nuevo México y BCBSNM sobre usted:
- Dirección postal vigente
- Número de teléfono vigente, incluido cualquier teléfono fijo y móvil, si tiene
- Información vigente de contacto para emergencias
- Dirección de correo electrónico vigente, si tiene
- Informar a la HCA de Nuevo México y BCBSNM si cambia su número de teléfono o dirección.
- Informar a BCBSNM si tiene otro seguro de gastos médicos, incluido Medicare.
- Entregar a su médico de cabecera una copia de su declaración de voluntad con instrucciones anticipadas respecto a su salud física, cuidados de largo plazo y salud mental para que las incluya en sus expedientes médicos.
- Revisar y seguir el Manual para asegurados.